September 27, 2011 | Univision | Articulo original

Destinan fondo de $9 millones para nuevos ciudadanos

Programa incluye asesoría y clases de inglés para ganar el examen


Residentes permanentes que llevan más de cinco años en el país podrán pedir asistencia a organizaciones pro inmigrantes para que los ayuden en el proceso de solicitar la ciudadanía estadounidense.

El gobierno federal anunció un fondo de beneficio de $9 millones que serán usados para expandir programas de preparación.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) explicó que la ayuda llegará a 42 organizaciones de 27 estados y el Distrito de Columbia (Capital) y consiste en un Programa de Becas de Ciudadanía e Integración.

La USCIS dijo que el programa ha ayudado a más de 19 mil residentes permanentes desde su lanzamiento en octubre de 2009.

El programa promueve “la integración cívica y la ciudadanía entre los residentes permanentes elegibles”, dijo Alejandro Mayorkas, director de la USCIS en un comunicado. “Estos fondos proveerán servicios altamente necesarios a aproximadamente 20 mil residentes permanentes que desean convertirse en ciudadanos”.

La USCIS detalló que los fondos fueron distribuidos en tres categorías, entre las que se incluye instrucción sobre ciudadanía, cursos de inglés básico y la preparación para el examen de ciudadanía.

También contempla la formación de instructores para asistir a los residentes que califiquen en el programa.

Charla interactiva

Durante una reciente charla interactiva con abogados de USCIS, usuarios de Univision Interactive Media (UIM) enviaron sus dudas sobre el tema de la ciudadanía. Aquí algunas de las respuestas:

Pregunta: Mi esposa se hizo ciudadana y tenemos un hijo menor de edad. ¿El pasa a ser ciudadano automáticamente o tiene que aplicar? Está próximo a cumplir 21 años de edad.
Los abogados de USCIS respondieron: Hay varias maneras en que un niño adquiera ciudadanía en los Estados Unidos de forma automática. Un niño nacido fuera de los Estados Unidos, cuyo padre es ciudadano estadounidense por nacimiento o naturalización, pueden convertirse en un ciudadano de los Estados Unidos bajo ciertas circunstancias. Por ejemplo, en algunos casos, si el padre era o se hizo ciudadano antes que su hijo cumpliera 18 años de edad, el hijo residía en los Estados Unidos bajo la custodia legal y física del padre ciudadano, y el hijo es legalmente admitido como residencia permanente, el menor pasa a ser un ciudadano estadounidense de forma automática. Para otros ejemplos, puede referirse a este enlace.

Pregunta: Mi esposo, ciudadano estadounidense, me pedirá. ¿Puede incluir en la solicitud a mis hijos, el mayor de ellos de 26 años pero divorciado? La segunda está casada y embarazada y la menor tiene 14 años.
Los abogados de USCIS respondieron: Su marido, quien es ciudadano de los Estados Unidos, puede presentar una petición de visa para su(s) hijo(s) e hija(s) sólo si su marido también califica como el “padre” de ellos ante las leyes de inmigración de los Estados Unidos. Si ellos eran menores de 18 años cuando se casó con su marido, es posible que sus hijos se hayan beneficiado como hijastros de su marido. Si se consideran “hijastros”, entonces su marido es considerado padre de ellos y puede presentar una petición en nombre de ellos.

La edad actual y el estado civil de los hijos o hijastros son factores importantes en el proceso de inmigración, ya que la edad y el estado civil determinan la categoría de preferencia exacta para el visado. Por ejemplo, si el hijo de 26 años de edad y soltero califica como “hijastro” y tenía más de 21 años de edad cuando se presentó la solicitud, el podría emigrar como el hijo soltero de un ciudadano.

La hija casada—independientemente de su edad cuando se presentó la petición—emigraría como la hija casada de un ciudadano si califica como hijastra de su esposo. La tercera persona que ahora tiene 14 años. Ella podría calificar como un “pariente inmediato”, ya que es todavía una “niña”, o sea menor de edad. El hijo adulto y la hija casada tendrían que esperar hasta que una visa de inmigrante esté disponible. La disponibilidad de visas está basada en la categoría de preferencia según la fecha de prioridad de la petición (la fecha en que el Formulario I-130 se presentó). Las siguientes son las categorías de preferencia:

  • Primera preferencia: Soltero(a), hijo adulto (mayor de 21 años de edad) de un ciudadano estadounidense.
  • Segunda Preferencia (2A): Los cónyuges y los hijos solteros (menores de 21 años de edad) de los residentes permanentes.
  • Segunda Preferencia (2B): Hijos(as) adultos solteros(as) de residentes permanentes.
  • Tercera preferencia: Hijos(as) casados(as) (de cualquier edad) de ciudadano estadounidense.
  • Cuarta preferencia: Hermanos(as) de ciudadanos estadounidenses (mayores de de 21 años de edad)

Para los tiempos de espera actuales, por favor visite el Boletín de Visa del Departamento de Estado. Para obtener información sobre el estatus de su petición, por favor visite el Estatus de Caso.

Pregunta: Cuando una persona se hace ciudadana, ¿sus hijos menores de edad se hacen ciudadanos automáticamente.
Los abogados de USCIS respondieron: Hay varias maneras en que un niño adquiera ciudadanía en los Estados Unidos de forma automática. Un niño nacido fuera de los Estados Unidos, cuyo padre es ciudadano estadounidense por nacimiento o naturalización, pueden convertirse en un ciudadano de los Estados Unidos bajo ciertas circunstancias. Por ejemplo, en algunos casos, si el padre era o se hizo ciudadano antes que su hijo cumpliera 18 años de edad, el hijo residía en los Estados Unidos bajo la custodia legal y física del padre ciudadano, y el hijo es legalmente admitido como residencia permanente, el menor pasa a ser un ciudadano estadounidense de forma automática. Para otros ejemplos, puede referirse a este enlace.

Nota importante: Los abogados de USCIS advirtieron que las siguientes respuestas en este artículo sobre ciudadanía en el Consejero de Inmigración de Univision.com no deben ser interpretadas como un derecho o beneficio sustantivo o procesal de forma legal por cualquier entidad en contra de los Estados Unidos, sus agencias, representantes o cualquier otra persona.

Visite el sitio Web de USCIS para más información sobre las políticas de información del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).

Para más información sobre el proceso de naturalización de los Estados Unidos, visite el sitio Web de USCIS, consulte la guía de USCIS sobre naturalización o llame al 1-800-375-5283.

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